TABASCO. En un esfuerzo por enfrentar los riesgos emergentes de la inteligencia artificial (IA) en la protección de la privacidad y la seguridad de las personas, la diputada de la fracción parlamentaria de MORENA, Vianey Sánchez Velázquez, presentó una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones al Código Penal.
El objetivo principal de la propuesta es sancionar a quienes utilicen IA para crear imágenes sexuales falsas con el fin de dañar la reputación de las personas, especialmente mujeres.
La diputada Sánchez Velázquez manifestó que la reforma tiene como objetivo "ampliar los medios por los cuales se puede cometer el delito de violación de la actividad sexual".
Según la legisladora, el uso de herramientas tecnológicas como la inteligencia artificial para recrear hechos falsos con apariencia de reales, con fines de exposición, distribución y comercialización, puede ser altamente perjudicial para las víctimas, cuyas imágenes son manipuladas y exhibidas sin su consentimiento.
"Se buscó crear un marco legal que permita abordar la creación de imágenes ultra falsas, especialmente aquellas que atentan contra la vida privada de las mujeres. Este tipo de manipulación de imágenes no solo representa una invasión de su privacidad, sino que también puede tener graves consecuencias en su reputación personal y profesional", destacó Vianey.
Además, la legisladora vinculó esta reforma con las modificaciones constitucionales de noviembre pasado, que incluyeron la protección contra la violencia digital en la Ley Olimpia, la cual sanciona la violación sexual digital a nivel nacional.
VAN CONTRA ACECHADORES
Simultáneamente, el diputado Elías Othoniel Abtanaim Madera Cordero presentó una propuesta para reformar el Código Penal en relación con el acecho, específicamente en lo que se conoce como "Ley Valeria". Este nuevo enfoque amplía las conductas que se consideran como acecho, utilizando tecnologías y herramientas digitales para acosar a las víctimas.
Según Abtanaim, la ley define el acecho digital como cualquier acción que implique la vigilancia repetida de la víctima, ya sea personalmente o mediante el uso de herramientas tecnológicas.
Además, se establece que la víctima no podrá ser acosada a través de comunicaciones no deseadas, utilizando información personal obtenida sin su consentimiento para intimidar, coaccionar o invadir su privacidad.
El diputado detalló que este tipo de comportamiento será perseguido por querella de la parte ofendida y que las penas por el delito de acecho podrían variar entre seis meses y dos años de prisión, además de multas económicas que van de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización (UMA).
Asimismo, se incrementarán las penas si el delito se comete con el uso de tecnología o en circunstancias agravantes como el daño físico o psicológico grave a la víctima.