Ciudad de México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo histórico este lunes, respaldando la obligatoriedad de que todos los vehículos motorizados en México cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Esta decisión marca un precedente significativo en la legislación de movilidad y seguridad vial del país.
La sentencia de la Corte subraya que esta obligación no representa una restricción al derecho de libre tránsito, sino un requisito inherente al uso de un medio de transporte específico. Lo anterior en relación a una legislación de Puebla que fue materia de discusión por el pleno, "El hecho de que la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla prevea la obligación de que las personas conductoras de vehículos motorizados cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, no implica una restricción al desplazamiento en la entidad federativa o territorio nacional", señala el dictamen.
El Pleno de la SCJN argumentó que esta medida es crucial para garantizar una movilidad segura y la reparación integral de daños en caso de accidentes de tránsito, los cuales ocurren diariamente y provocan cuantiosos daños materiales, lesiones y lamentablemente, fallecimientos. "Es notorio que los accidentes de tránsito ocurren diariamente, causando daños materiales, lesiones e incluso la muerte de las personas involucradas, por lo cual, resulta fundamental que las personas conductoras de vehículos motorizados cuenten con un seguro de responsabilidad civil que garantice una reparación integral de los daños", añadió la Corte.
A pesar de la mayoría que respaldó esta medida, hubo voces disidentes. El Ministro Presidente Hugo Aguilar, en la minoría, expresó su preocupación por la posible afectación a personas en zonas rurales con recursos limitados para adquirir un vehículo y un seguro, abogando por la necesidad de "justicia cercana al pueblo" y reconociendo que la realidad social "no es pareja para todos". María Estela Ríos secundó esta postura, enfatizando la disparidad económica que existe en el país.
Cabe recordar que, para el autotransporte federal, el seguro forzoso ha sido una obligación desde 2013, siendo responsabilidad del dueño del vehículo su contratación.
En una votación separada sobre la misma Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, la SCJN invalidó la cancelación de la licencia de conducir hasta por diez años para quienes circulen sin seguro, considerando esta sanción como desproporcionada. La fracción anulada también incluía a quienes carecieran de licencia, placas, hologramas o tarjeta de circulación.








