TABASCO. En sesiones extraordinarias urgentes, realizadas este miércoles, la Comisión Permanente de Denuncias y Quejas del IEPC Tabasco, integrada por el Consejo Electoral, aprobaron dos acuerdos relacionados con Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), donde se declaran improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Morena contra la candidata a la Presidencia Municipal de Huimanguillo por Movimiento Ciudadano.
En primer lugar, aprobaron el acuerdo mediante el cual se declaran improcedentes las medidas cautelares solicitadas ante el Consejo Electoral Distrital 15, con sede en Huimanguillo que denunció la probable violación a las reglas de propaganda electoral en específico, lo establecido en el artículo 193 por actos anticipados de campaña por la presunta omisión de vigilancia para con sus militantes de conducirse dentro de los cauces legales; por divulgar propaganda electoral en la cuenta de la red social Facebook de la denunciada sin tener la calidad de candidata para el cargo referido.
Asimismo, en una segunda sesión señaló la improcedencia en contra de la queja por una precandidata a la Presidencia Municipal de Huimanguillo, Tabasco por un acto celebrado el 16 de marzo, en el que afirma fue anunciada como “próxima” Presidenta Municipal y realizó manifestaciones o discursos que constituyen actos anticipados de campaña, ya que refiere, al momento de realizarse el evento, no se había aprobado su registro como candidata.
Derivado de ello, también denunció al partido Movimiento Ciudadano por la omisión en el deber de cuidado, solicitando medidas cautelares con el propósito de que se ordene retirar de Facebook el video que derivado del evento denunciado se publicó.
La Comisión Permanente de Denuncias y Quejas declaró la improcedencia de las medidas cautelares, al considerar que se trata de actos o hechos consumados de modo irreparables, sobre lo cual no es factible dictar medidas cautelares, toda vez que, en la fecha del evento, también inició la etapa de campañas electorales y la denunciada obtuvo su registro ante el Instituto Electoral como candidata.
Por lo que, al versar la solicitud de medidas cautelares, sobre el retiro de una publicación relacionada con eventos de campañas electorales de una candidata, etapa en que actualmente se encuentra el Proceso Electoral Local y por consiguiente está permitido.









