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    Publicado el 5 de diciembre de 2025

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    Guanajuato aprueba matrimonio igualitario

    Prohíbe terapias de conversión

    Guanajuato, México - El Congreso del Estado de Guanajuato ha marcado un hito en el avance de los derechos de la comunidad LGBTQ+, al aprobar reformas al Código Civil que permiten el matrimonio igualitario y, simultáneamente, imponer sanciones penales a quienes realicen terapias de conversión.


    En una sesión legislativa, se dio luz verde a las modificaciones del Código Civil para establecer que el matrimonio es la "unión libre de dos personas", cuyo objeto es "realizar una comunidad de vida, en la que los cónyuges se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua". Esta reforma sustituye la definición anterior que limitaba el matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer, ajustando la normativa local a las interpretaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los criterios de convencionalidad internacional.


    La diputada María Eugenia García Oliveros destacó que el dictamen homologa la ley y amplía "las oportunidades de felicidad para seres humanos con la sustitución del término hombre y mujer por personas". Durante la discusión, se enfatizó que estos derechos son un reconocimiento a la "valentía de colectivos y personas de la diversidad sexual y de género" tras años de "humillación, derechos ignorados, dignidad ofendida, identidad negada y con libertad reprimida".


    Pese a la aprobación, la diputada Susana Bermúdez Cano votó en contra, argumentando que la iniciativa no fortalece el marco jurídico ni atiende las necesidades de los guanajuatenses, indicando que el Código Civil estatal no contenía, a su parecer, disposiciones discriminatorias.


    En la misma sesión, los legisladores aprobaron prohibir los "Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad o Expresión de Género" (ECOSIG), comúnmente conocidas como terapias de conversión.


    Con esta modificación, se establece una sanción de dos a seis años de prisión y de veinte a sesenta días de multa a quien imparta u obligue a un menor de edad o persona con discapacidad a recibir estas prácticas. La legislación precisa que el delito se perseguirá de oficio, reforzando la protección penal de la integridad y dignidad de las personas de la diversidad sexual y de género en el estado.



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    #LGBTQ+#2025#México
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