CAMPECHE. En sesión ordinaria celebrada este jueves el Tribunal Electoral de Campeche (TEC), exhortó nuevamente a la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) a hacer bien su trabajo, porque acusan la falta de congruencia y profesionalismo deja mucho que desear.
Lo anterior luego de abordar el recurso de apelación identificado con el folio TEEC/RAP/58/2024 promovido por Rubén Mauricio Cel Lezama de Movimiento Ciudadano (MC) contra el acuerdo JGE/281/2024 avalado por los consejeros electorales del IEEC.
Esto debido a que Cel Lezama presentó la apelación bajo el argumento de que la Junta General Ejecutiva del IEEC ha sido poco profesional al no emitir las medidas cautelares solicitadas, así como por la falta de exhaustividad, congruencia e indebida fundamentación en la supuesta improcedencia de las medidas cautelares.
Ante ello los magistrados del TEEC declararon fundado el agravio señalado por Cel Lezama, ya que el IEEC demoró de forma injustificada resolver acerca de la procedencia de las medidas cautelares solicitadas por el partido naranja, lo que dejó abierta la posibilidad de que el afectado sufriera un daño irreparable.
En el mismo sentido, determinaron que este es “inoperante” ya que los tiempos electorales y con ello la posibilidad de que las medidas cautelares sean aplicadas, por lo que, en caso de que estas sean implementadas los hechos señalados ya fueron consumados o en su caso son de daño irreparable.
En el segundo asunto del día, dieron lectura al resolutivo del Procedimiento Especial Sancionador identificado con el folio TEEC/PES/35/2024 promovido por Pedro Estrada Córdova de Movimiento Ciudadano, contra José Hernández Cruz por actos anticipados de campaña y uso de propaganda electoral en medios de comunicación.
Luego del análisis de los elementos probatorios los magistrados del TEEC declararon como inexistentes las infracciones denunciadas, ya que no hubo expresiones implícitas con sentido al llamado al voto de los ciudadanos en favor de Hernández Cruz.









