Rolando Herrera
Agencia Reforma
CIUDAD DE MÉXICO 15-Feb-2024 .-La Secretaría de la Función Pública (SFP) dio a conocer que los convenios de colaboración celebrados entre dependencias y entidades en materia de salud no estarán sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
A través de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la SFP informó de la adición de un párrafo al Reglamento de la Ley para aclarar que los convenios en esa materia no estarán sujetos a las reglas establecidas para las contrataciones públicas.
"Los convenios de colaboración en materia de bienes o servicios de atención a la salud que celebren las dependencias con las entidades o entre entidades, no estarán sujetas a la aplicación de la Ley", indica.
Se trata, generalmente, de compromisos en los que las partes acuerdan coadyuvar en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las disposiciones normativas aplicables para cada una de las partes.
Durante el sexenio de Enrique Peña Nieto se utilizó esta figura dentro de la llamada "Estafa Maestra" para eludir los procesos de licitación que, entre otras cosas, exigen que el licitante cuente con capacidad técnica y el personal necesario para cumplir el contrato.
En agosto de 2020 se publicó una reforma a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en la se exceptuó la adquisición de bienes o prestación de servicios para la salud que contraten las dependencias y/o entidades con organismos intergubernamentales internacionales.
Esa reforma de dio luego de que el Gobierno Federal determinara comprar medicamentos en el extranjero a través de la Oficina de Servicios para Proyectos de Naciones Unidas (UNOPS).
Actualmente el Gobierno federal lleva a cabo una federalización de los servicios de salud mediante la cual las entidades federativas están transfiriendo sus instalaciones al sistema IMSS-Bienestar.









